Jurista cuestiona adjudicación de la ANNP para el puerto en Paranaguá

jueves 3 de octubre de 2013, 03:00

Terminal portuaria. Instalaciones de la ANNP en el puerto Paranaguá, Brasil, donde se realizan los movimientos de granos.

El abogado Leo von Nowak emitió un dictamen legal para la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac), donde cuestiona la sentencia del Tribunal de Cuentas que ordenó a la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) la adjudicación de la alianza público-privada para explotar las terminales portuarias de la institución en el puerto Paranaguá, Brasil. También cuestionó la desidia de la propia ANNP al no apelar la sentencia y señaló esto como indicios de hechos de corrupción en el ente.

Dicha licitación, que no pasa por Contrataciones Públicas, por ser de activos en el extranjero, se inició en el año 2009, ganó en primera instancia la empresa Gical con ciertas mañas, pero finalmente la adjudicación fue para Consorcio Mercosul tras su acción de carácter contencioso-administrativo presentado ante el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.

Dictamen. “La citada resolución del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, quedó firme y ejecutoriada por desidia y mala praxis (puede haber corrupción en esta actitud negativa) de los representantes legales de la ANNP, en razón de que la misma es nula por haber incurrido el Tribunal en ultra petita, la cual, si los abogados intervinientes en dicho juicio hubieran interpuesto, en tiempo y forma, los recursos de nulidad y apelación contra el citado acuerdo y sentencia, hubiera sido anulada por el Tribunal de Alzada”, indicó el jurista en su dictamen dirigido al entonces ministro de la Secretaría Anticorrupción, Juan Carlos Ramírez Montalbetti, en fecha 20 de mayo de este año.

El término ultra petita se refiere a la expresión latina que significa “más allá del pedido”, ya que, según el jurista, tras analizar las copias del juicio, Consorcio Mercosul supuestamente solo se limitó a solicitar la revocatoria de las resoluciones.

Manifestó que el Tribunal, al dictar la sentencia, se extralimitó en sus deberes, al disponer que se declare nulo el contrato, resolver que la licitación se adjudique al Consorcio Mercosul y en consecuencia que se firme un nuevo contrato.

“Estas dos cuestiones eran y son prerrogativas exclusivas del directorio de la ANNP e incluso si esa es su decisión puede adjudicar a la mejor oferta vigente en ese momento, o declarar desierta la convocatoria para luego hacer un nuevo llamado”, expresa el dictamen. Nowak dice que el contrato firmado con Consorcio Mercosul es perjudicial a los intereses del Estado, por lo que se debe rescindir del mismo también por no cumplir ciertos requisitos del Pliego de Bases y Condiciones.

También insta a la Procuraduría General de la República el pedir cuentas a los abogados de la ANNP y al ex procurador Enrique García, que también tuvo intervención legal, pero no apeló la resolución del Tribunal. “El allanamiento encubierto que hiciera (García) al contestar la citada demanda promovida por el Consorcio Mercosul... dejando impunemente que quede firme y ejecutoriado el mismo, cuando habían justificativos legales suficientes para la nulidad de la citada resolución”, añade.

 

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